PROHIBEN PUBLICIDAD ESTATAL

En virtud de lo normado en el artículo 236 del Código Electoral, que dispone la prohibición de divulgación de publicidad estatal desde 3 meses antes de las elecciones generales del 5 de mayo de 2019, se recuerda a las entidades estatales, sean del gobierno central o local, así como las autónomas, semiautónomas y mixtas, y los contratistas del Estado, que la prohibición se hace extensiva a redes sociales, páginas de internet, papelería, logos y cualquier medio que permita la exaltación de logros, compromisos y obras.

Se exhorta a las distintas entidades que procedan a realizar los cambios necesarios a fin de evitar incurrir en las sanciones dispuestas en la Ley electoral, que oscilan en multa entre B/.2,000.00 y B/.10,000.00 para el respectivo representante legal.