Los diputados de la Asamblea Nacional, en sesión ordinaria de este miércoles 24 de agosto, aprobaron en tercer debate el proyecto de Ley número 286 que declara el 10 de enero de cada año como el Día del Delegado Electoral. Fausto Fernández, presidente del Cuerpo de Delegados Electorales, quien estuvo presente en el pleno parlamentario, expresó que esta deferencia es motivo de orgullo para todos los miembros que conforman este grupo que trabaja de forma voluntaria, ad honórem y anónima con la finalidad de resguardar la democracia panameña. Es importante destacar que el Cuerpo de Delegados Electorales fue constituido a través del Decreto N°2, promulgado en 1991, por lo que este año se conmemoró su vigésimo quinto aniversario de fundación; ocasión que además coincide con la celebración, el 24 de octubre, de los 60 años de fundación del Tribunal Electoral. Esta figura surge en Panamá como una réplica del modelo de los delegados electorales creado en la hermana República de Costa Rica por el Tribunal Supremo de Elecciones, el cual impresionó a las autoridades que regían el TE en la década posinvasión, motivándolos a implementar este proyecto en nuestro país. El accionar del Cuerpo de Delegados Electorales no se circunscribe a las elecciones generales, sino que, en su papel de amigables componedores, son reconocidos por su incansable labor mediadora para resolver conflictos políticos, electorales a través del diálogo y la mediación. Por su loable labor, se han ganado la confianza de la ciudadanía y de los miembros de los partidos políticos. Estos ejemplares hombres y mujeres han cumplido una labor ad honórem durante cinco elecciones generales. Es decir, las de 1994, 1999, 2004, 2009 y 2014; en dos elecciones parciales,1991 y 2014; y en tres referéndums, 1992, 1998 y 2009. Hoy son considerados y reconocidos como héroes anónimos de la Nación. Los delegados electorales son nombrados exclusivamente por los magistrados y deben cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años, no estar afiliado a ningún partido político y no haber sido condenado por la comisión de delitos comunes o electorales.