Comisión Nacional de Reformas Electorales

La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) es un organismo consultivo permanente del Tribunal Electoral (TE) que cada cinco años (después de cada elección general), con el fin de perfeccionar la legislación electoral, prepara un proyecto de Ley, basados siempre en los principios rectores de equidad, transparencia y rendición de cuentas.

Esta Comisión integrada por miembros con derecho a voz y voto, evalúa, junto con los partidos políticos, la sociedad civil y otras organizaciones, las buenas experiencias y las falencias del proceso electoral anterior. Fueron celebradas, 24 sesiones.

La CNRE es convocada a través de Decreto del TE y cada integrante deberá acreditar un principal y dos suplentes, asegurando la representatividad de género.

El Pleno, mediante el Decreto 42 de 2 de diciembre de 2019, publicado en el Boletín del Tribunal Electoral No. 4629 de 3 de diciembre de 2019, convocó y reglamentó la integración de la Comisión Nacional de Reformas Electorales 2020 con el propósito de introducir reformas sustanciales al Código Electoral, que continúen coadyuvando a su perfeccionamiento democrático.

Su Reglamento Interno y todas las decisiones de la Comisión serán aprobados por mayoría de votos.

El proyecto de Ley que busca reformar el Código Electoral de 2017, para las elecciones generales del 2024 fue presentado, el pasado 10 de febrero, a la Asamblea Nacional por los magistrados del TE. La Comisión Nacional de Reformas Electorales 2020 (CNRE) aprobó 323 artículos, que reestructuran preceptos, adicionan y derogan otros de la norma vigente.

Con este proyecto de Ley se mejora y amplía la Reforma de 2017, considerada como la más innovadora, profunda y abarcadora de todas las aprobadas por la Asamblea Nacional en la nueva era democrática (1990-2020).

La presentación del referido proyecto de Ley Electoral estuvo a cargo del magistrado presidente del TE, Dr. Heriberto Araúz Sánchez, quien fue acompañado por sus colegas Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá Wendehake (presidente de la CNRE), y miembros del equipo técnico de la CNRE.

Entre los artículos aprobados se destacan: voto adelantado, voto por internet, limitaciones a servidores públicos, inscripción de miembros de partidos políticos en formación y lista de respaldo de candidatos por libre postulación, financiamiento público y privado, fuero electoral, participación y postulación y la paridad de género.

Los Magistrados también presentaron el proyecto de ley: “Que reconfigura los circuitos electorales para la elección de diputados”, que fue consultado previamente con el Consejo Nacional de Partidos Políticos, como lo manda el artículo 147 de la Constitución Política de la República, y en ejercicio de la facultad que le confiere al TE, el numeral 10 del artículo 143.

Como consecuencia de las normas constitucionales y el precitado trabajo técnico se llega, entre otras, a las conclusiones siguientes:

  1. Circuitos electorales. Se mantienen los 39 circuitos electorales actuales: 26 uninominales y 13 plurinominales.
  1. Tres circuitos elegirán un diputado más cada uno. El circuito 8-10 en Panamá y los circuitos 8-1 y 8-5 en Panamá Oeste, de modo que: el circuito 8-10 tendrá 5 diputados y los circuitos 8-1 y 8-5 tendrán 4 diputados cada uno.
  1. Tres circuitos elegirán un diputado menos cada uno. El circuito 8-6 que elegirá 6 diputados en lugar de 7; y los circuitos 8-7 y 8-8 que elegirán 4 diputados en lugar de 5 cada uno.
  1. Cambios en la numeración de los circuitos de la provincia de Panamá Oeste. Los cuatro circuitos de Panamá Oeste (8-1, 8-2, 8-3 y 8-5) pasarán a ser 13-1(Arraiján), 13-2 (Capira), 13-3 (Chame y San Carlos) y 13-4 (La Chorrera), porque el dígito 8 pertenece a la provincia de Panamá.

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