El Tribunal Electoral informa a la ciudadanía que se  ha encomendado al Cuerpo de Delegados Electorales  la responsabilidad de velar porque se cumpla de forma estricta la prohibición de venta y consumo de licor en las jurisdicciones donde haya elecciones parciales  previstas para el 14 y 21 de diciembre. Mediante Decreto 41 de este 5 de diciembre de 2014, que lleva la firma de los magistrados Erasmo Pinilla Castillero, Eduardo Valdés Escoffery y Heriberto Araúz, se autoriza al Cuerpo de Delegados Electorales a no permitir que circulen  personas con evidentes indicios de estar bajo la influencia del alcohol, y en particular en los alrededores de los centros de votación el día de las elecciones._x000D_
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Según el decreto,  el período de privacidad y reflexión del que deben gozar los electores a partir de la medianoche del jueves anterior  a las elecciones, no será  interrumpido por ningún tipo de actividad proselitista en busca de votos, a favor o en contra de candidatos o partidos, aunque sea en visitas caseras de pequeños o grandes grupos, en los cuales puedan o no estar los  candidatos o representantes de  partidos._x000D_
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También se señala que el Cuerpo de Delegados Electorales se apoyará en la Fuerza Pública para el cumplimiento de todas sus labores y, en ejercicio  de las facultades  otorgadas por el artículo 418 del Código Electoral, podrá ordenar el arresto  hasta por dos días, de quienes desobedezcan  la normativa legal  o  les falten  al  respeto._x000D_
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Se instruye a la Policía Nacional para que, en coordinación con el Cuerpo de Delegados Electorales, planifiquen el refuerzo policial oportuno de todos los centros de votación y sus alrededores, que se han habilitado mediante decreto para las elecciones que se habrán de celebrar el 14 y 21 de diciembre próximos._x000D_
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Estas disposiciones se toman con el  fin de establecer parámetros que permitan a los electores ejercer el derecho al sufragio sin inconvenientes en estos comicios parciales.