El Tribunal Electoral informa a la ciudadanía que se ha encomendado al Cuerpo de Delegados Electorales la responsabilidad de velar porque se cumpla de forma estricta la prohibición de venta y consumo de licor en las jurisdicciones donde haya elecciones parciales previstas para el 14 y 21 de diciembre. Mediante Decreto 41 de este 5 de diciembre de 2014, que lleva la firma de los magistrados Erasmo Pinilla Castillero, Eduardo Valdés Escoffery y Heriberto Araúz, se autoriza al Cuerpo de Delegados Electorales a no permitir que circulen personas con evidentes indicios de estar bajo la influencia del alcohol, y en particular en los alrededores de los centros de votación el día de las elecciones._x000D_
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Según el decreto, el período de privacidad y reflexión del que deben gozar los electores a partir de la medianoche del jueves anterior a las elecciones, no será interrumpido por ningún tipo de actividad proselitista en busca de votos, a favor o en contra de candidatos o partidos, aunque sea en visitas caseras de pequeños o grandes grupos, en los cuales puedan o no estar los candidatos o representantes de partidos._x000D_
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También se señala que el Cuerpo de Delegados Electorales se apoyará en la Fuerza Pública para el cumplimiento de todas sus labores y, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 418 del Código Electoral, podrá ordenar el arresto hasta por dos días, de quienes desobedezcan la normativa legal o les falten al respeto._x000D_
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Se instruye a la Policía Nacional para que, en coordinación con el Cuerpo de Delegados Electorales, planifiquen el refuerzo policial oportuno de todos los centros de votación y sus alrededores, que se han habilitado mediante decreto para las elecciones que se habrán de celebrar el 14 y 21 de diciembre próximos._x000D_
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Estas disposiciones se toman con el fin de establecer parámetros que permitan a los electores ejercer el derecho al sufragio sin inconvenientes en estos comicios parciales.