El Tribunal Electoral reitera a la ciudadanía que está prohibida la utilización de los medios de comunicación social de cualquier índole, para hacer proselitismo político a favor o en contra de determinado candidato o partido político durante la celebración de las elecciones parciales que se desarrollan en diferentes circunscripciones producto de la audiencias por impugnaciones que resolvió la institución. Según el Artículo 293 del Código Electoral: “Quedan prohibidas las manifestaciones públicas y toda clase de propaganda política por altavoces y en los medios de comunicación social, desde las doce de la noche del jueves anterior a las elecciones, hasta las doce del mediodía del día siguiente a estas”. La norma aplica a las cuñas, los anuncios o cualquier tipo de publicidad o propaganda estatal, con excepción de los del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral.