La actual base legal de la Dirección Nacional de Organización Electoral está contenida en la Ley 5 de 9 de marzo de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral, Decreto 16 de 6 de noviembre de 2002, por el cual se establece el Reglamento Interno del Tribunal Electoral y el Decreto 4 de 14 de febrero de 2014, por el cual se modifican y adicionan algunos artículos del Reglamento Interno.
Esta Dirección es la encargada de organizar y ejecutar los procesos electorales tales como: elecciones, referendos y plebiscitos. Además de mantener y actualizar el registro electoral, efectuar las inscripciones de adherentes de los partidos políticos, los cambios de residencias, la creación, eliminación y el traslado de los centros de votación, la capacitación de los funcionarios electorales y la Educación Cívica Electoral.
Misión
La misión de las direcciones regionales de Organización Electoral consiste en cumplir con las instrucciones emanadas de la Dirección Nacional y ser garantes de la ejecución de los procesos electorales, velar por el buen desenvolvimiento del proceso, de organización, fiscalización y transparencia y promulgar el cambio hacia la cultura democrática con la mística que exige nuestra institución.
Objetivos
Encaminar todo nuestro esfuerzo hacia la total compenetración con el trabajo asignado, al objeto de lograr la eficiencia, eficacia y reserva. Mantener el principio de confidencialidad en los documentos que maneja, relacionados con la prestación de los servicios a la ciudadanía. Incrementar la productividad institucional y el desarrollo de técnicas para mejorar el servicio al cliente o usuario. Mantener permanente lealtad a la institución, a superiores, iguales y subalternos.
Cumplir fielmente con las normas constitucionales, legales y reglamentarias que orienten el proceso de trabajo, tales como la asistencia, responsabilidad y dedicación que requiera la naturaleza del trabajo, la conducta frente al público, personal directivo y compañeros de trabajo.
- Organizar los procesos electorales que convoque la institución.
- Planificar la elaboración del Registro Electoral de Votantes.
- Coordinar con todas las direcciones regionales las actividades realizadas.
- Mantener actualizada la cartografía electoral y la base de datos de los centros de votación.
- Procurar dar a los partidos políticos las facilidades establecidas en el Código Electoral para la inscripción de adherentes.
- Coordinar, en conjunto con la Dirección Superior, la inscripción y renuncia de adherentes en partidos políticos.
- Verificar las inscripciones y renuncias de partidos políticos para su debida tramitación.
- Mantener actualizado el Registro Electoral a través del procesamiento de los cambios de residencia.