El Tribunal Electoral,entidad garante de la libertad, honradez y eficacia del sufragio popular, como lo manda el artículo 142 de la Constitución Política, tiene dentro de sus objetivos, mejorar la política electoral por medio de la evaluación continua de los comicios una vez estos concluyen, de forma que se subsanen las deficiencias o los vacíos que puedan existir, para lograr contiendas electorales con altos estándares de calidad, transparencia y credibilidad. Desde el año 1991, luego de que el país vivió momentos trascendentales en la democracia, se comenzó con la revisión del recién celebrado proceso electoral para lograr su modernización y consonancia con la realidad nacional. Es así como se dan las primeras reformas electorales en nuestro país. La estrategia que se emplea cada cinco años, luego de concluidas  las elecciones generales, es verificar todo el proceso para detectar las fallas técnicas y los aspectos que deben mejorarse, para llegar al consenso que eleve, a categoría de ley, un proyecto que abarque todos los cambios pertinentes, con el fin de que haya una actualización en el sistema electoral, con la participación de todos los actores políticos y sociales del país. El Tribunal Electoral dirige siempre sus esfuerzos hacia la transparencia, honestidad y la participación activa, como elementos claves para que por medio de la Comisión Nacional de Reformas Electorales se escuche la voz de los partidos políticos y de la sociedad civil organizada, en un ambiente donde predomine la objetividad, la tolerancia y especialmente el sentido de patria. El Decreto No. 43 de 11 de diciembre de 2014 crea la Comisión Nacional  de Reformas Electorales para que en su seno,  se analicen las observaciones y deficiencias del recién concluido proceso electoral, el cual esta vez se caracterizó por la significativa cantidad de impugnaciones, lo que amerita que el tema sea reevaluado. Asimismo, en este nuevo debate se desea incorporar el proyecto de reformas electorales que quedó pendiente de aprobación por parte de la Asamblea Nacional en el 2012, ya que recoge aspectos sumamente fundamentales para avanzar en la construcción de mejores políticas electorales. Esta es la sexta Comisión Nacional de Reformas Electorales que promueve el Tribunal Electoral para mejorar la legislación electoral y fortalecer nuestra democracia. Me permito efectuar un rápido repaso de la evaluación del proceso reformador electoral panameño. üEn 1992, durante la primera Comisión Nacional de Reformas Electorales se logró eliminar la restricción de que los partidos políticos en formación solamente podían inscribir adherentes durante los primeros 4 meses del primer semestre de cada año. También durante esta primera reforma pos invasión de 1989, se estableció un marco de referencia básico para el funcionamiento del Cuerpo de Delegados Electorales, al tiempo que se estableció la obligación de todas las entidades estatales de poner a disposición del TE la flota vehicular, incluyendo automóviles, lanchas y aeronaves para ser utilizados en los procesos electorales. üDurante la reforma electoral de 1993, se estableció el uso de la boleta única de votación; se restableció el plazo de seis meses antes de una elección para que los funcionarios que aspiran a un cargo de elección popular se separen de sus puestos (antes era de cuatro meses).Igualmente, se estableció y reglamentó la elección de todos los alcaldes del país y se eliminó también la facultad que tenía el Tribunal Electoral de anular elecciones, de oficio. Otro aspecto importante que logró esta reforma electoral del 93, es que seis días antes de la elección y hasta la proclamación del presidente de la República, la Fuerza Pública en su totalidad pasa al mando del Tribunal Electoral. üPor su parte,  la reforma electoral de 1997 estableció la obligación de que todos los partidos políticos hagan elecciones primarias para el cargo de presidente de la República, dejando como opcional la celebración de las mismas para el resto de los cargos de elección popular. Igualmente se dispuso que los partidos políticos deben garantizar que en sus elecciones internas o postulaciones, el 30% de los precandidatos sean mujeres. También se creó el Consejo Nacional de Partidos Políticos (CNPP) como órgano consultivo permanente del TE. De igual manera,  se instituyó el subsidio estatal directo a los partidos políticos y candidatos independientes, al tiempo que se dictaron normas para regular la propaganda electoral y las encuestas de opinión. üEn la reforma del 2002 se redujo del 5 al 4% el porcentaje de votos obtenidos en la anterior elección, necesarios para inscribir un partido político. Se estableció la obligatoriedad de los partidos políticos y candidatos a registrar las contribuciones privadas que reciban, tanto para su funcionamiento como para sus campañas, aunque dicha información no podrá ser divulgada, salvo solicitud de autoridad judicial competente. Otro tema digno de destacar de esta reforma electoral del 2002 consiste en la creación de la jurisdicción penal electoral, mediante la conformación de juzgados penales electorales de primera instancia para garantizar la doble instancia y el debido proceso en esta jurisdicción especial. üPor su parte, con la reforma electoral del 2006 se restringió el tema de la residencia electoral para poner fin a los cambios dolosos de residencia para los electores. Los panameños residentes en el extranjero podrán votar por correo certificado, pero solo para presidente de la República. A tal efecto, deben estar inscritos en el Registro de Electores Residentes en el Extranjero (RERE). También durante esta reforma electoral, se excluyó del Padrón Electoral a aquellos panameños y panameñas que no acudieron a las urnas en más de tres consultas populares (elecciones y referendos). El término ‘subsidio electoral’ cambió por el de ‘financiamiento público’; se permitió el voto de los recluidos en hospitales y los detenidos preventivamente. üEn la reforma parcial del 2007 se hicieron modificaciones para establecer la división del país en distritos judiciales integrados por distintas regiones en las cuales funcionan los juzgados penales electorales y las respectivas fiscalías. Por otro lado, se precisó que el pleno del Tribunal Electoral  es el ente competente para juzgar a los funcionarios con mando y jurisdicción a nivel nacional, que incurriesen en delitos penales electorales. üEn la Comisión Nacional de Reformas Electorales del 2010 hubo significativos aportes, la mayoría consensuados por los distintos actores políticos y de la sociedad civil. Todos sabemos cuál fue la suerte de ese trabajo. Por ello, esta iniciativa para retomar el ciclo de evaluación de la legislación electoral que se hace cada quinquenio, ya cuenta con una agenda preestablecida, lo que no significa que se cierra la oportunidad para que todos los participantes de la Comisión Nacional de Reformas Electorales y otros sectores y entes de la vida nacional, puedan hacer sugerencias o propuestas, a fin de lograr la elaboración de un proyecto de Ley que de manera integral introduzca importantes y sustanciales reformas al Código Electoral de cara a los comicios del año 2019. Esa es la filosofía y el desafío de esta Comisión que me honro en presidir, un punto de encuentro a puertas abiertas para escuchar todas las inquietudes y propuestas que permitan actualizar y mejorar nuestra legislación electoral y, por ende, nuestro sistema democrático. Cada elección es distinta. Cada proceso electoral deja una lección o varias lecciones. Las reformas electorales deben tener una visión clara, un norte definido hacia el cual caminar. La visión de estas reformas electorales, sin duda, debe ir encaminada a brindar mayor equidad, transparencia y seguridad jurídica en el proceso electoral. El éxito de la democracia, como lo sostuvo un destacado autor, consiste en que las sociedades establezcan los adecuados y efectivos controles para acceder al poder, para ejercerlo y para transferirlo. El Tribunal Electoral es pieza clave para que los gobernantes accedan y transfieran el poder. Se trata de una misión delicada, sagrada y trascendental a través de la cual esta institución contribuye al fortalecimiento de nuestro régimen democrático. Las otras instituciones del Estado son responsables del control del ejercicio del poder por parte de los gobernantes. Cada institución tiene que cumplir su parte de responsabilidad para garantizar que la democracia, como sistema de gobierno, funcione bien, adecuadamente, a favor de las mayorías y en aras del bienestar general. El futuro de las reformas electorales que se avecinan dependerá, en gran medida, de la voluntad y el consenso de los sectores que integran la CNRE, pero, primordialmente, de la voluntad y determinación de nuestra clase política y de la Asamblea Nacional en aprobarlas. Abrigamos la firme esperanza, por el bien y el futuro del país, de que así sea. Dios nos ilumine en esta tarea. Muchas gracias.