En cumplimiento a la sentencia del pleno de la Corte Suprema de Justicia, del 13 de mayo de 2010, el Tribunal Electoral, mediante Sala de Acuerdos, dejó sin efecto las credenciales expedidas en calidad de principal y ordenó expedirlas en calidad de suplente de representantes de corregimiento, a los ciudadanos Noel Guerra Rodríguez, Keira Navarro, Aleysis Ureña y Lidia Vega Cortez.La Sala de Acuerdos ordenó además, expedir las credenciales en calidad de principal a los ciudadanos Antonio Pope, Sergio Gálvez, Vidal García y José Muñoz Molina, candidatos electos en las pasadas elecciones generales del 3 de mayo de 2009.En este sentido, la Sala establece que la norma declarada inconstitucional no es un elemento novedoso que el Tribunal Electoral hubiera incorporado para las elecciones del 3 de mayo de 2009, sino que se trata de una normativa que ha estado vigente desde la reorganización de dicha institución en 1990, la cual ha sido aplicada en todos los torneos electorales, sin que hubiese reclamo de parte de los candidatos o partidos.El Pleno de la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia del 13 de mayo de 2010, declaró inconstitucional el Artículo 7 del Decreto 16 del 4 de septiembre de 2008, y ordenó que el Tribunal Electoral “procure lo necesario, a fin de atender el debido trámite de proclamación y entrega de credenciales, como prescribe la ley, a los candidatos que hayan resultado electos en más de un cargo de elección popular”.Dicho artículo estipulaba que cualquiera persona podrá ser postulada por un partido, a más de un cargo de elección popular, siempre que los estatutos o reglamentos del partido lo permitan.Establecía también, que si el candidato resulta ganador en más de un cargo de elección, “deberá optar por uno de ellos, dentro de los 10 días ordinarios siguientes a la última proclamación. De no hacerlo, se entenderá que opta por el de mayor representación y el Tribunal Electoral entregará la credencial correspondiente. En los casos que prevé este artículo, el cargo rechazado será adjudicado por el TE al suplente correspondiente.”