Maha Mamo, una mujer nacida en el Líbano en condición de apátrida, narró su historia en una conferencia que se realizó en el Tribunal Electoral, en la cual participaron directores y colaboradores de la institución.En la actividad, organizada por la Dirección Nacional del Registro Civil, juntamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Mamo contó que sus progenitores nacieron en Siria. Su madre musulmana y su padre cristiano se casaron por la iglesia, pero su matrimonio no fue reconocido y, por ende, no fue inscrito.Detalló que bajo esa condición nacieron ella y sus dos hermanos. Crecieron sin identidad, documentos, derechos y esperanza. Pasaron a ser parte de esa población de más de 10 millones de personas que viven en el mundo como apátridas.Mamo aseguró que vivir bajo este estatus es peor que ser un refugiado. “Somos gente que no existe, no tenemos derecho a ir a la escuela, a tener una identificación, un pasaporte, a la salud, a un trabajo para sobrevivir y a muchas otras cosas”.Los conflictos armados que se dan en el Medio Oriente y otras partes del mundo, además de la pobreza, son causas directas de que las personas nazcan sin nacionalidad.Aseguró que actualmente su esperanza para obtener una nacionalidad es Brasil, donde reside desde hace tiempo. “Muchas personas piensan que esto no es importante; pero para los que somos apátridas, esto es un asunto de sobrevivencia y requerimos ayuda de los países donde nacemos o de otros donde podamos optar para lograr una nacionalidad y de organizaciones como ACNUR”, concluyó.El Tribunal Electoral, a través de las Direcciones Nacionales del Registro Civil y Cedulación, desarrolla jornadas especiales con los Registros Civiles de Colombia y Costa Rica,para la determinación de la nacionalidad en áreas fronterizas, a fin de evitar situaciones de apatrídia en la población que reside en esas zonas.Cabe recordar, que Panamá es signataria de las Convenciones sobre el Estatuto de los Apátridas, firmada en Nueva York, el 28 de septiembre de 1954, y aprobada mediante Ley 28 del 30 de marzo de 2011, así como de la Convención para Reducir los Casos de Apatrídia, firmada en Nueva York, el 30 de agosto de 1961 y aprobada por la Ley 29 de 30 de marzo de 2011.