El magistrado Heriberto Araúz Sánchez decidió acogerse al término establecido por la ley electoral, para emitir el fallo sobre el proceso de impugnación de  la elección de alcalde del distrito de La Chorrera, luego de analizadas las pruebas y los alegatos presentados tanto por la parte impugnante como por la impugnada,  al igual que los de la Fiscalía Electoral, para llegar a una decisión apegada a estricto derecho. Esta decisión por parte del magistrado Araúz, se tomó luego de que finalizara la audiencia de impugnación, entre el candidato por el partido PRD, Tomás Velásquez,  y la candidata al mismo cargo por el partido Cambio Democrático, Lilia Batista. En la etapa de alegatos,  el abogado de la parte impugnante, Carlos Carrillo, solicitó al magistrado sustanciador se tome en consideración la causal 14 del artículo 339 del Código Electoral, al señalar que hubo inequidad durante la campaña toda vez que la candidata impugnada utilizó recursos del Estado para proselitismo político y en consecuencia se llame a nuevas elecciones. Asimismo, Sidney Sittón, abogado de la parte impugnada, solicitó que se desestime la pretensión, y se dé vigencia a la proclamación que permita a su defendida ser la ganadora de esta contienda electoral y obtener las credenciales que la legitiman como triunfadora de las elecciones del 4 de mayo en la alcaldía del distrito de La Chorrera.