Magistrados rechazan recurso de apelación dentro de las diligencias que se adelantan en la carpetilla 2019-18721305 por la presunta comisión de delito contra la honradez del sufragio en la modalidad de compra de votos en el corregimiento de La Soledad, distrito de Soná, provincia de Veraguas, en los pasados comicios.

El Pleno del Tribunal Electoral dejó sin efecto el Auto n.°1 de 27 de noviembre de 2019, expedido por la licenciada Karín Rojas, jueza de garantías suplente del Segundo Distrito Jurisdiccional, con sede en la provincia de Veraguas, mediante el que se anuló la querella por no cumplir con las formalidades que la norma exige.

La decisión fue tomada tras la celebración de una audiencia que se reprogramó y concretó el 26 de diciembre de 2019 a las 2:00 p.m., a fin de que el licenciado Adimael Franco, apoderado del señor Salustiano Mojica, sustentara la apelación anunciada contra el referido fallo de la jueza de garantías suplente.

Tanto el accionante como el resto de los abogados de los intervinientes externaron su parecer, ante la apelación promovida por el letrado de la querella en contra de la actual representante del corregimiento de La Soledad, Gladys Santamaría, su respectivo suplente, Luis Miguel Villar, y otros, cumpliendo con el debido proceso oral que caracteriza al Sistema Penal Acusatorio.