El Pleno del Tribunal Electoral (TE), constituido en el Tribunal Superior de Apelaciones, confirmó una sentencia condenatoria que había proferido un juzgado penal electoral en contra de la ciudadana Karen Dianeth Moreno Morales, por el delito contra la libertad del sufragio contenido en el artículo 464 numeral 1 del Código Electoral.
Con su firma, Moreno Morales validó la inscripción en el 2017 de un ciudadano con un número de cédula que pertenecía a una persona difunta, autenticando de esta manera un hecho falso.