Los aspectos que diferencian los delitos y las faltas electorales, así como las administrativas fueron explicados por el director del Centro de Estudios Democráticos, Carlos Horacio Díaz, en el III Congreso Panameño de Derecho Procesal Penal Acusatorio.
Durante el último día de sesiones de este cónclave jurídico latinoamericano, el magíster Díaz explicó que la Ley electoral protege el bien tutelado, que no es más que el derecho de los ciudadanos a votar.
Agregó que toda conducta que atente contra la transparencia y pureza del proceso electoral será enmarcada cómo delito. También presentó un esquema con las conductas tipificadas como delitos electorales, las sanciones, sus divisiones y los periodos de prescripción de los procesos.
El juez de garantía penal electoral, Bruno Justavino, enfatizó sobre los nuevos procedimientos de la justicia penal electoral, las etapas y recursos permitidos durante la fase procesal, así como las competencias de los jueces electorales, y concluyó indicando que la justicia electoral debe velar por la protección de los derechos políticos de los ciudadanos.
Durante el desarrollo de este evento, organizado por el Instituto Panameño de Derecho Procesal Penal, los expositores hicieron énfasis en la importancia que tiene la incorporación del Sistema Penal Acusatorio a la legislación electoral, para los procesos previos y posteriores a la celebración de los Comicios Generales del 5 de mayo de 2019.
Profesionales de distintas ramas del Derecho y miembros del equipo de abogados del Tribunal Electoral participaron en las ponencias que se dictaron en el marco de este III Congreso Panameño de Derecho Procesal Penal Acusatorio.