El Tribunal Electoral reglamentó, mediante el Decreto 34 de 27 de octubre de 2017, las cuentas, los registros contables y los topes para el financiamiento privado que tendrán las campañas electorales para los comicios del 5 de mayo de 2019.

Este boletín electoral detalla los procesos de apertura de cuentas, el mínimo de los depósitos, registros de circunscripciones, cierres de cuentas, vigencias de las cuentas para candidatos por libre postulación, controles, donaciones de la cuenta única para el proceso electoral, entre otros.

Se define también la regulación sobre los topes de gastos por cargo y circunscripción para las elecciones del 2019, el financiamiento de la campaña en el que se aborda el financiamiento privado para las nóminas, candidatos por libre postulación, regulaciones en los actos de recaudación, sanciones por rebase de topes y no presentación de informes.

Asimismo, en esta reglamentación se toca la distribución del financiamiento público preelectoral asignado a candidatos por libre postulación, las prohibiciones para la utilización del financiamiento público por parte de los partidos políticos, además de otros temas.

Igualmente, precisa los controles de los registros contables, el manejo de las cuentas de campaña, de gastos de los activistas y las medidas judiciales sobre las cuentas, entre otros.

El decreto señala que el Tribunal Electoral está facultado para realizar las auditorías necesarias para verificar el cumplimiento de todas las normas en materia de apertura y manejo de las cuentas de campaña, así como de los financiamientos y de los topes de campaña.

Los primeros once decretos reglamentarios de la Ley 29 que reformó el Código Electoral están publicados en la página web del Tribunal Electoral, en el sitio destinado al Plan General de Elecciones 2017-2019.